Sentencia N° 903 — Sala de Casación Social del TSJ, 2 de junio de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0903, Exp. 05-1983, 02/06/2006
Expediente05-1983
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaCivil
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-06-02
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de nulidad interpuesto por José Antonio Rondón contra una decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y Adolescente del Estado Táchira. La Sala declaró inadmisible el recurso, argumentando que el tribunal superior había cometido un error de procedimiento al no vincular a la adolescente Genesis Crismar Rondón Cañongo en el proceso, afectando su derecho al debido proceso. La decisión se fundamentó en la necesidad de garantizar los derechos de la menor en el contexto de la partición de la comunidad conyugal.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el Tribunal Superior menoscabó el derecho a la defensa de la recurrente al dictar su decisión, con infracción de los artículos 15, 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil, y 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Por tanto, se considera procedente la denuncia; por lo que forzoso es concluir que debe declararse con lugar el recurso de casación interpuesto por la demandada, Crisanta Cañongo Rosales, contra la sentencia dictada en fecha 17 de julio de 2003, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Estabilidad Laboral y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; en consecuencia, se decreta la nulidad del fallo impugnado y se repone la causa al estado en que la Alzada dicte nueva decisión, sin incurrir en el error indicado.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto por el demandante, abogado José Antonio Rondón, contra la sentencia dictada en fecha 31 de octubre de 2005 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Dada la naturaleza del fallo, no se condena en costas a la parte recurrente. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de la causa. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen.
Palabras clave
nulidadparticióncomunidad conyugalderecho a la defensamenordebido procesoCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica para la Protección del Niño