Sentencia N° 900 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de mayo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0900, Exp. 07-612, 08/05/2007
Expediente07-612
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2007-05-08
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada contra una decisión interlocutoria del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala determinó que el fallo recurrido no resolvía la controversia ni ponía fin al juicio, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. Además, se impuso una multa al recurrente por interposición maliciosa del recurso.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. La Sala observa que el fallo recurrido es una sentencia interlocutoria emanada del Juzgado Superior que declaró improcedente el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, que oyó el recurso de apelación en un solo efecto. En ese sentido, al tratarse la decisión recurrida de una interlocutoria que no resuelve la controversia ni pone fin al juicio, debe declararse inadmisible el presente recurso, conforme al criterio sostenido por esta Sala en sentencia Nº 87 de fecha 20 de febrero de 2003. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 22 de enero de 2007, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Se impone al recurrente multa de veinte unidades tributarias (20 U.T.), y se ordena al Tribunal de la causa expedir la correspondiente planilla de liquidación, para ser pagada en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, dependiente del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas.
Palabras clave
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