Sentencia N° 90 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de febrero de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0090, Exp. 05-1884, 01/02/2006
Expediente05-1884
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-02-01
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, en relación a una sentencia interlocutoria que declaró la nulidad y reposición de la causa al estado de continuar la audiencia preliminar. La Sala argumentó que, conforme a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este tipo de decisiones no son recurribles en casación, ya que no resuelven el fondo del asunto. Se destacó que la decisión recurrida era interlocutoria y no permitía el control de la legalidad.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos casos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. Esta Sala de Casación Social en decisión de fecha 20 de febrero de 2003, expresó que “...este medio de impugnación excepcional es inadmisible cuando se solicite contra las sentencias interlocutorias emanadas de los Juzgados Superiores Laborales, todo ello además en procura de la celeridad que cada caso amerita, pues de producirse alguna violación con estos fallos interlocutorios, se puede reparar en la sentencia definitiva, recurribles estas últimas ante esta Sala de Casación Social a través de los medios de impugnación permitidos por la Ley para ello”. La Sala observa que el fallo recurrido es una sentencia interlocutoria emanada del Juzgado Superior que conoció en apelación de la decisión dictada por el a quo, la cual declaró la nulidad y reposición de la causa al estado de que continué la prolongación de la audiencia preliminar, revocando así la decisión dictada en primera instancia que declaró desistido y terminado el procedimiento. En ese sentido, al tratarse la decisión recurrida de una interlocutoria que no resuelve el fondo de lo controvertido, debe declararse inadmisible el presente recurso, conforme al criterio sostenido por esta Sala en sentencia Nº 87 de fecha 20 de febrero de 2003, parcialmente trascrita Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 2 de noviembre de 2005. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase a la Coordinación Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los fines de que lo envie al Tribunal competente. Particípese esta decisión al Tribunal Superior de origen, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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