Sentencia N° 90 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de febrero de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 90, Exp. 01-787, 14/02/2002
Expediente01-787
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-02-14
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Portuguesa. El recurso fue declarado perecido debido a que no se formalizó dentro del lapso establecido por la ley, el cual venció el 13 de enero de 2002. La Sala no verificará la admisibilidad del recurso por esta razón.

Extracto de la motiva

Por cuanto del cómputo practicado por la Secretaría de esta Sala, aparece que el lapso para formalizar este recurso de casación, incluyendo los días concedidos como término de distancia, comenzó a correr el día siguiente a los diez (10) días que se dan para el anuncio del recurso, es decir, en fecha dieciséis (16) de noviembre del año 2001 y venció el trece (13) de enero del año 2002, sin que hasta esa fecha fuera consignado el correspondiente escrito de formalización, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha primero (01) de noviembre del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, dictada con motivo de la incidencia surgida en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue el ciudadano DOUGLAS ARGIMIRO GUEDEZ PEÑA contra la sociedad mercantil CONSORCIO ALIMENTICIO VENEZOLANO, C.A. (CONAVENCA).

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha primero (01) de noviembre del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Guanare.

Palabras clave

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