Sentencia N° 9 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de enero de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 009, Exp. 16-549, 17/01/2017
Expediente16-549
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-01-17
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de enero de 2017, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Franklin Alí Matos Pacheco contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo del Trabajo, que había confirmado el fallo que declaró sin lugar la acción por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala argumentó que el tribunal de instancia no incurrió en vicios de inmotivación por silencio de pruebas, ya que las pruebas presentadas no eran pertinentes para la resolución del caso.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el formalizante alega que el fallo incurrió en el vicio de silencio de pruebas al omitir el pronunciamiento sobre la valoración del Acta Constitutiva de la empresa accionada y que con dicho instrumento se pretendía demostrar la identidad de la entidad de trabajo accionada, ergo, la existencia de la relación laboral, que el a quo no le otorgó valor probatorio a la planilla de pago de utilidades y fondo de garantía, que demuestra la existencia de la relación laboral; ni a la planilla de “pago de impuesto sobre la renta (AR-I)”; que el tribunal de instancia silenció también la constancia de trabajo, la de disfrute de vacaciones, y los recibos de pagos desde diciembre de 2011 hasta mayo de 2014, que estas últimas no representaban su salario, pues “jamás podrían haber sido distribuidos entre hotel, comida y gastos del vehículo, mas bien se orienta hacía los gastos del vehículo…” (Sic). Que la prueba en los folios 159 al 163 del expediente promovida por el actor, y que consiste en un planilla de liquidación de prestaciones sociales “conformada y calculada a nombre de WILMER JOSÉ DELGADO DUARTE”. Asimismo denuncia que la recurrida omitió pronunciarse sobre pruebas “…tales como: las testimoniales: de los ciudadanos: 1°.- Álvaro Javier Herrera Almenar, titular de la cédula de identidad №. V- 13.504.303, 2°.-Rafael Antonio Salas Montilla, titular de la cédula de identidad №. V- 12.040.698, y 3°.- Sobeida Pérez, Cédula de Identidad № 6.521.812…”. Aduce el formalizante que estas testimoniales demostraban las pretendidas demandas del accionante, a saber; las diferencias de prestaciones sociales y los daños y perjuicios.

Dispositiva

PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 30 de marzo del año 2016, emanada del Juzgado Superior Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas; en consecuencia, SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido que declaró sin lugar la demanda.

Palabras clave

pruebasincongruenciarelación laboralprestaciones socialesvalor probatoriosilenciodecisión judicial

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