Sentencia N° 9 — Sala de Casación Social del TSJ, 23 de enero de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 09, Exp. 02-633, 23/01/2003
Expediente02-633
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2003-01-23
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 23 de enero de 2003, declaró inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por la parte demandada contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, dictada el 14 de octubre de 2002. La Sala fundamentó su decisión en la falta de constatación de la infracción de normas de orden público alegada por el recurrente, específicamente en relación al derecho a la defensa.

Extracto de la motiva

Conviene observar, que siendo el recurso de control de legalidad un medio de impugnación excepcional, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en la norma de la Ley Adjetiva Laboral transcrita ut supra; a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Adicionalmente, la oportunidad para interponer el referido recurso, está limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea dictada la sentencia sujeta a revisión, y por intermedio de escrito, el cual no podrá exceder los tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues, tal inobservancia acarreará igualmente la inadmisibilidad del recurso. Así, para el caso bajo estudio, señala el recurrente la infracción de normas que informan el orden público, esencialmente por violación del derecho a la defensa, lo que sin embargo, no fue constatado por esta Sala de Casación Social.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de Control de Legalidad propuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 14 de octubre de 2002, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de la causa, o sea, el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial arriba indicada. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen.

Palabras clave

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Normas citadas

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