Sentencia N° 895 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de octubre de 2013

TSJ/SCS, Sent. N° 0895, Exp. 12-002, 17/10/2013
Expediente12-002
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-10-17
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un juicio por cobro de indemnizaciones derivadas de enfermedad profesional, donde el demandante, Juan Rafael Maya Torcate, y la empresa demandada, Pepsi-Cola Venezuela, C.A., llegaron a un acuerdo de transacción. La Sala verificó que el acuerdo cumplía con los requisitos legales y decidió homologar la transacción, otorgándole efectos de cosa juzgada, lo que concluye el litigio judicial de manera definitiva. Además, se ordenó la remisión del expediente a la unidad correspondiente para los trámites de archivo.

Extracto de la motiva

Examinados los términos de la transacción, se evidencia que el ciudadano Juan Rafael Maya Torcate actuó asistido de abogado y la sociedad de comercio a través de su apoderado judicial debidamente constituido, tal como se patentiza del instrumento poder consignado conjuntamente con el contrato, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso. Asimismo, se aprecia que en la manifestación escrita del acuerdo se actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y los derechos en ella comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la declaración de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano JUAN RAFAEL MAYA TOCATE y la empresa PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada, SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a los fines de su distribución entre los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, para efectuar los trámites procesales correspondientes al archivo del presente expediente.

Palabras clave

indemnizacióntransaccióncosa juzgada

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