Sentencia N° 886 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0886, Exp. 16-502, 12/08/2016
Expediente16-502
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-08-12
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y determinó que no se ajustaba a los fines del mismo, declarando su inadmisibilidad. La decisión reafirma la importancia del control de la legalidad en el ámbito laboral, garantizando el respeto a las normas de orden público.

Extracto de la motiva

(…) se logró verificar de los recibos de liquidación indicados en la sentencia, los cuales se encuentran agregados dentro del acervo probatorio, que la juez ordenó para la oportunidad de la práctica de experticia complementaria del fallo, una vez quedara firme la sentencia, descontar los montos ya pagados a los trabajadores, mediante liquidación de prestaciones sociales, sin ser ello un hecho controvertido en este proceso, ya que tratándose de una diferencia de prestaciones sociales, tal como quedó determinado en líneas anteriores, deberá el experto designado en fase de ejecución, descontar lo indicado, verificándose en la sentencia proferida por el a quo, que el argumento de la representación de la parte accionada, no debe prosperar, ya que se logró precisar las deducciones ordenadas en la sentencia de fecha 20 de Enero de 2016, emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de los pagos ya efectuados a los actores” (sic)

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 1° de abril de 2016, la cual queda FIRME. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

control de la legalidadrecursosprestaciones socialesconvención colectivainadmisionjusticia laboral

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