Sentencia N° 884 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de mayo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0884, Exp. 07-246, 08/05/2007
Expediente07-246
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaFamilia
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-05-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de un juicio de divorcio entre Claudia Olarte de Meléndez y Félix Hernán Meléndez. El Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara había declinado su competencia, argumentando que el último domicilio conyugal se encontraba en el Estado Portuguesa. Sin embargo, la Sala determinó que el último domicilio conyugal era en Barquisimeto, Estado Lara, basándose en la residencia de los hijos y en la solicitud de la demandante.
Extracto de la motiva
La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente establece que en los casos de divorcio o nulidad de matrimonio, cuando existan niños o adolescentes involucrados, la competencia corresponde a los Jueces de la Sala de Juicio de los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente, y por razón del territorio, resultan competentes los Jueces del domicilio conyugal. En este caso, se comprobó que el último domicilio conyugal de los cónyuges era en Barquisimeto, Estado Lara, lo que llevó a la Sala a declarar competente al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara para conocer de la demanda de divorcio.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara COMPETENTE para conocer de la presente causa al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal declarado competente.
Palabras clave
divorciocompetenciatribunal de protecciónniñosadolescentesdomicilio conyugalEstado LaraLey Orgánica