Sentencia N° 882 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de octubre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0882, Exp. 17-436, 18/10/2017
Expediente17-436
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-10-18
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo. La decisión se fundamenta en que la sentencia recurrida no violó normas de orden público y se ajustó a derecho, considerando que el control de la legalidad no se ajusta a los fines del recurso.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los tribunales superiores del trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar el fallo, de conformidad con el artículo 165 eiusdem y el criterio plasmado en sentencia n° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A.; y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: Denuncia el impugnante que la sentencia recurrida violó los principios de expectativa plausible y seguridad jurídica, al haber aplicado al caso de autos una jurisprudencia a una situación de hecho ocurrida cuando dicho criterio no se encontraba vigente.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la demandada, unidad político territorial MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, por órgano de la CORPORACIÓN DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 12 de agosto de 2016. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
cobro de acreenciascontrol de la legalidadsentenciarelación de trabajobeneficios laborales