Sentencia N° 881 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de mayo de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 0881, Exp. 07-398, 08/05/2007
Expediente07-398
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-05-08
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte demandada en un juicio por daños y perjuicios. El Juzgado Superior Cuarto del Trabajo había declarado sin lugar el recurso de apelación y confirmado la sentencia de primera instancia. La parte demandada anunció un recurso de casación que fue declarado extemporáneo, ya que el plazo para su interposición había vencido. La Sala determinó que el recurso de casación era inadmisible y, por lo tanto, declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto.
Extracto de la motiva
El Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar, al negar el recurso de casación anunciado por el abogado Hernán Espinoza co-apoderado judicial de la parte demandada, lo hizo basándose en lo siguiente: “...En virtud de que en fecha 19-12-2006 la presente causa se remitió a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, a fin de que distribuyera la misma a un Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, debido a que la Sentencia dictada por este Juzgado Superior del Trabajo, en fecha 16-11-2006, ya se encontraba Definitivamente Firme en virtud de que en fecha 23-11-2006 fue el último día para que las partes ejercieran el recurso a que hubiera lugar, posteriormente a su salida de este Tribunal la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, recibió diligencia consignada por el Abogado Hernán Espinoza en fecha 19-12-2006, a las 3:20 p.m, mediante la cual anunciaba Recurso de Casación en contra de la decisión dictada por este Juzgado, siendo recibida por la ABG. ANGÉLICA GRANADO secretaria de este Juzgado Superior, en fecha 20-12-2006, habiendo transcurrido desde la publicación de la sentencia hasta la interposición del recurso Veinte (20) días hábiles. En consecuencia de los antes expuesto este Juzgado declara extemporáneo el Recurso de Casación anunciado por la representación judicial de la parte demandada. Así se establece…”.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 31 de enero de 2007, emanado del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar. De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se condena en costas del recurso, a la parte recurrente de hecho.
Palabras clave
recurso de hechorecurso de casacióndaños y perjuiciossentencia firmeplazo de interposicióncostasjuzgado superiortrabajo