Sentencia N° 880 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2016

TSJ/SCS, Sent. N° 0880, Exp. 16-273, 12/08/2016
Expediente16-273
PonenteMónica Gioconda Misticchio Tortorella
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-08-12
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Petróleos de Venezuela Sociedad Anónima (PDVSA) contra una sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La decisión se basa en que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no incurre en las violaciones alegadas por la parte recurrente. Se establece que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y su admisibilidad está sujeta al cumplimiento de requisitos específicos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Extracto de la motiva

Verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales indicados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y, a tal efecto, observa: La parte codemandada recurrente alega como primera denuncia la transgresión del orden público adjetivo laboral, toda vez que al ser dictada la sentencia de Primera Instancia la misma fue apelada por la empresa, correspondiendo por distribución el conocimiento de la causa al Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, cuyo juez se inhibió mediante acta de fecha 19 de junio de 2015, por lo que subsiguientemente, correspondió por sorteo al Juzgado Tercero Superior de la aludida Circunscripción Judicial, quien declaró con lugar la referida inhibición el 9 de julio de 2015, fijando inmediatamente por auto de fecha 16 de julio del mismo año la celebración de la audiencia oral para el día 27 de julio a las 11 de la mañana (11:00 a.m.), sin dar cumplimiento a la orden de notificar a la Procuraduría General de la República, ni conceder el lapso de suspensión de 30 días, conforme a lo previsto en el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, so pena de nulidad de reposición, al estar comprometido el interés de la República, aunque no sea parte directa en el juicio, lo que conllevó a fijar intempestivamente la audiencia a la que no pudo acudir, por lo tanto, solicita la reposición de la causa al estado de dar cumplimiento a la notificación del Procurador General de la República y posteriormente sea celebrada la audiencia correspondiente.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte codemandada Petróleos de Venezuela Sociedad Anónima (PDVSA), contra la sentencia de fecha 10 de agosto de 2015, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada.

Palabras clave

control de la legalidadjusticia laboralTribunal Supremo de Justicianormas de orden públicoLey Orgánica Procesal del Trabajoadmisibilidadjurisprudencia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca