Sentencia N° 880 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de mayo de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0880, Exp. 05-1576, 25/05/2006
Expediente05-1576
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-05-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante contra la decisión del Tribunal Superior Primero del Trabajo. Se anula el fallo recurrido y se ordena la reposición de la causa para que el tribunal superior competente dicte nueva sentencia resolviendo el fondo del asunto. La Sala concluye que se vulneró el debido proceso al no dejar constancia de la incomparecencia de las empresas co-demandadas y al condenarlas solidariamente sin evidenciar la unidad económica entre ellas.
Extracto de la motiva
La reposición de la causa siempre debe perseguir la corrección de vicios cometidos en el desarrollo del proceso. Sin embargo en este caso, no fue cometido ningún error procesal y aún así fue declarada la reposición de oficio por la alzada. Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman el expediente, debidamente certificadas por la secretaria del tribunal, en especial los carteles de notificación -folios 19 al 24-, se observa que las tres (3) empresas codemandadas fueron debidamente notificadas. Aunado a lo anterior, cursa a los folios 81 al 89, sentencia dictada por el juez de juicio, en la que deja constancia de la incomparecencia de las empresas codemandadas – Awa Seguridad, C.A. y Awa Seguridad, Turismo, C.A.- a la audiencia preliminar, razón por la cual presume la admisión de los hechos libelados por parte de dichas empresas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y condena solidariamente a las codemandadas a cancelar al actor, la cantidad de dos millones trescientos veintiséis mil quinientos treinta y tres bolívares con sesenta y dos céntimos (Bs. 2.326.533,62) por concepto de prestaciones sociales.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia del 4 de agosto de 2005, dictada por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, 2) ANULA el fallo recurrido, y 3) ORDENA la reposición de la causa al estado en que el tribunal superior que resulte competente dicte nueva sentencia resolviendo el fondo del asunto planteado, sin incurrir en la infracción que dio lugar a la nulidad de la sentencia.
Palabras clave
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