Sentencia N° 876 — Sala de Casación Social del TSJ, 30 de septiembre de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0876, Exp. 15-809, 30/09/2015
Expediente15-809
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-09-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, confirma la decisión del Tribunal Sexto Superior del Trabajo que declaró con lugar el recurso de nulidad interpuesto por Automercados Plaza's, C.A. contra el acto administrativo que calificó un accidente laboral. Se argumenta que la administración no probó adecuadamente la relación de causalidad entre el accidente y las funciones del trabajador, incurriendo en vicios de falso supuesto de hecho y derecho. La sentencia establece que el acto administrativo impugnado es nulo por no ajustarse a derecho.

Extracto de la motiva

Se evidencia que el ente administrativo en su certificación, solo se basó en los dichos del trabajador afectado sin determinar con precisión la relación de causalidad entre los hechos ocurridos y la actividad o funciones desempeñadas por el trabajador, así como las condiciones de riesgos a las que estaba expuesto, siendo que en la misma investigación se deja constancia que no se determinaron fallas en la gestión que pudieran haber tenido relación con el accidente sufrido, determinación que se contradice con lo expuesto en la certificación del accidente de trabajo delatada en nulidad cuando se califica el accidente denunciado por el ciudadano Fernando Luna como de carácter laboral, exteriorizando así el vicio de falso supuesto de hecho alegado por la demandada, puesto que no se constató a través del procedimiento administrativo desplegado la existencia del accidente delatado ni la concordancia entre el mismo con la naturaleza de los servicios prestados por el trabajador y las condiciones de riesgo que dimanan de las funciones desempeñadas por éste, por lo cual debe declararse Con Lugar (sic) la nulidad el acto administrativo de efectos particulares contenido en Certificación (sic) número 0175-2012, de fecha 02 de mayo de 2013 (sic), notificada en fecha 20 de mayo de 2013 (sic) emanado del Instituto Nacional de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y así será establecido en el dispositivo del fallo. Así se establece.

Dispositiva

CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 20 de abril de 2015, mediante la cual declaró con lugar el recurso de nulidad, en consecuencia, nulo el acto administrativo Nº 0175-2012 de fecha 14 de agosto de 2012.

Palabras clave

accidente laboralnulidadadministraciónjusticiaderecho administrativotrabajojurisprudencia

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