Sentencia N° 870 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de julio de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 0870, Exp. 11-735, 21/07/2011
Expediente11-735
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2011-07-21
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Monagas. La decisión se basa en que el fallo impugnado se ajusta a derecho y no se evidencian violaciones a normas de orden público. Se argumenta que el recurso no cumple con los fines establecidos por la ley, lo que lleva a su inadmisibilidad.
Extracto de la motiva
En el presente caso, como fundamento del control de la legalidad, la representación judicial del demandante impugna la sentencia recurrida por lo siguiente: dicho fallo está viciado de tal ilegalidad, además de ser indignante, que VIOLA todos los principios que rigen el procedimiento establecidos (sic) en los artículos del 1 al 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que como se expresó en la audiencia (…) las partes en este proceso llegamos a un acuerdo, el cual consiste en que el 25 de abril de 2011, la demandada pagaría la suma de Bs. 6.000,00 a mi representado como pago por sus prestaciones sociales y demás conceptos demandados, y Bs. 2.000,00 a mi persona por honorarios profesionales, todos derivados del presente proceso; de ello fue interrogada la contraparte a lo cual asintieron, sólo que expresaron que preferían sencillamente esperar el fallo, a pesar de que repito ya existía un acuerdo entre las partes. Ese convenio (…) es ley entre las partes (…) como lo establece el artículo 1.159 del Código Civil, por lo que el tribunal superior no sólo infringió tal dispositivo y los de orden público como los que norman el derecho a (sic) los trabajadores a cobrar sus prestaciones sociales, a la tutela judicial efectiva (…). Se violó el dispositivo de que el contrato es ley entre las partes (…). Se violó la tutela judicial efectiva (…). Se violó en la recurrida el artículo 258 de la Constitución (…) que es el espíritu, propósito y razón de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (…).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia de fecha 27 de abril de 2011 dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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