Sentencia N° 87 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de julio de 2022

TSJ/SCS, Sent. N° 087, Exp. 22-020, 19/07/2022
Expediente22-020
PonenteCARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2022-07-19
DecisiónCONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la conclusión de la sustanciación del recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la decisión del Tribunal Superior Primero del Trabajo de Aragua. La sentencia de este último había declarado sin lugar el recurso de apelación y confirmado el fallo de primera instancia que también había desestimado la demanda. La Sala declaró concluida la fase de sustanciación y ordenó la fijación de audiencia para la presentación de alegatos.

Extracto de la motiva

Conforme a lo anterior, resulta importante resaltar que si la sentencia recurrida es dictada en una Circunscripción distinta a la sede de este máximo Tribunal, dada la distancia existente entre la sede del Tribunal en el que se tramitó el proceso y la Capital de la República, debe otorgarse a la parte recurrente el término de la distancia a tenor de lo dispuesto en la Resolución dictada por la Sala Plena de la extinta Corte Suprema de Justicia de fecha 17 de marzo de 1987, la cual concatenada con el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil y armonizada con las decisiones de este máximo Tribunal, dicho término debe ser fijado y calculado al inicio del lapso procesal subsiguiente, agregando que el cálculo debe ser aplicado por días calendarios consecutivos y no por días de despacho (véase s. S.C. N° 319 del 9 de marzo de 2001), por consiguiente, corresponde en el presente asunto un lapso de dos (2) días continuos por término de la distancia, dado que el fallo se profirió en el estado Aragua, sede en Maracay. En el caso bajo análisis, de las actas procesales se desprende del iter procedimental, lo siguiente: El Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sede en Maracay, en el auto de admisión de fecha 8 de noviembre de 2021, indicó que el último día para anunciar el recurso de casación, correspondió con el 5 de noviembre de 2021, y la parte demandante recurrente, anunció recurso de casación el 3 de ese mismo mes y año, es decir, dentro de la oportunidad legal correspondiente. Por auto de esta misma fecha, se ordenó practicar por Secretaría el cómputo de los lapsos establecidos en los artículos 171 y 172 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, del que se evidencia que el lapso para la formalización venció el 29 de noviembre de 2021, denotándose que la parte demandante recurren.

Dispositiva

CONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, entra la causa en estado de fijación de audiencia, que se fijará por auto separado.

Palabras clave

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