Sentencia N° 867 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de julio de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 0867, Exp. 13-1611, 10/07/2014
Expediente13-1611
PonenteLUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIERREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2014-07-10
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el recurso de apelación interpuesto por TEXTILES GAMS, C.A. contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo, que había declarado improcedente una medida cautelar. La apelación fue considerada desistida debido a que la parte apelante no presentó los fundamentos requeridos dentro del lapso establecido por la ley. La decisión se fundamenta en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que impone la carga de fundamentar la apelación en un plazo específico.

Extracto de la motiva

Como se observa del dispositivo legal transcrito, el legislador impuso a la parte apelante la carga procesal de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso, cuando el recurrente no consigne dicho escrito en el lapso establecido. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se fundamentara la apelación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha 20 de noviembre de 2013, día siguiente al auto en que se dio cuenta en Sala del ingreso del expediente, y venció el día 3 de diciembre de 2013. En este sentido se observa que, si bien fue interpuesto oportunamente el recurso de apelación, una vez vencido el lapso para su fundamentación, la misma no fue presentada; en consecuencia, esta Sala declara desistido el referido recurso, en aplicación del artículo antes indicado.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 2 de octubre de 2013. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Tribunal de origen.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadmedida cautelarindemnizaciónjurisdiccióntrabajo

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