Sentencia N° 866 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de mayo de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0866, Exp. 06-385, 18/05/2006
Expediente06-385
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-05-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la homologación de un acuerdo transaccional presentado por los trabajadores y la Secretaría de Puertos del Gobierno del Estado Anzoátegui. La diligencia fue suscrita por la abogada Blanca Cova Urbano, quien representa a los trabajadores en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La Sala ordena al Juzgado de Primera Instancia que se pronuncie sobre la homologación solicitada, destacando que no hay condenatoria en costas debido a lo acordado en la transacción.
Extracto de la motiva
En virtud de tal manifestación, y constatado además la facultad y el carácter con el que actúa la representación judicial de ambas partes, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, que resulte competente, el correspondiente pronunciamiento sobre la homologación solicitada. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas en razón de lo acordado en la transacción.
Dispositiva
ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, que resulte competente, el correspondiente pronunciamiento sobre la homologación solicitada. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas en razón de lo acordado en la transacción.