Sentencia N° 864 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de noviembre de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0864, Exp. 18-284, 29/11/2018
Expediente18-284
PonenteDanilo A. Mojica Monsalvo
MateriaCivil
Tipo de recursoExequatur
Fecha de la decisión2018-11-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia concede fuerza ejecutoria parcial a la sentencia dictada el 31 de enero de 2018 por la Corte de Circuito del Circuito Judicial No. 11 del Condado Miami-Dade, Florida, que disuelve el matrimonio entre Giovanna Quina y Pedro Antonio Hernández Sucre. La decisión se basa en el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Derecho Internacional Privado para el reconocimiento de sentencias extranjeras en Venezuela.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la solicitud de exequátur debe fundamentarse en la jerarquía de las fuentes en materia de Derecho Internacional Privado. Se establece que la sentencia extranjera fue dictada en materia civil, pues trata de la disolución del vínculo conyugal, constituyendo una materia de naturaleza civil al estar referida al estado y capacidad de las personas. Además, se verifica que la sentencia tiene fuerza de cosa juzgada de acuerdo con la Ley del Estado en el cual ha sido pronunciada, y que no versa sobre derechos reales respecto a bienes inmuebles situados en la República. Asimismo, se confirma que los tribunales del Estado sentenciador tienen jurisdicción para conocer la causa, y que el demandado fue debidamente citado, garantizándole una razonable posibilidad de defensa. Por último, se concluye que la sentencia no es incompatible con decisiones anteriores que tengan autoridad de cosa juzgada en Venezuela.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, concede FUERZA EJECUTORIA PARCIAL en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia caso 0300180 FC 29, dictada en fecha 31 de enero de 2018, por la Corte de Circuito del Circuito Judicial No. 11 del Condado Miami-Dade, Florida División de Familia, de los Estados Unidos de América, en la cual se declaró la disolución del vínculo conyugal existente entre los ciudadanos PEDRO ANTONIO HERNÁNDEZ SUCRE y GIOVANNA QUINA. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
exequátursentencia extranjeradisolución de matrimoniojurisdicciónderecho internacional privado