Sentencia N° 862 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de julio de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 0862, Exp. 13-241, 10/07/2014
Expediente13-241
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-07-10
DecisiónPERECIDO
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, dictó sentencia el 10 de julio de 2014, declarando perecido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Falcón. La decisión se fundamenta en que la formalización del recurso no se presentó dentro del lapso establecido por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, específicamente el artículo 171, que establece un término de 20 días para formalizar el recurso de casación.
Extracto de la motiva
El artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece que será declarado perecido el recurso, cuando la formalización del mismo no se verifique en el lapso establecido o no cumpla con los requisitos exigidos por el mismo dispositivo técnico legal. El mencionado artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dispone un lapso de veinte (20) días consecutivos, para formalizar el recurso de casación, el cual se computará a partir del día siguiente del vencimiento de los cinco (5) días hábiles que se conceden para el anuncio del recurso. En este orden de ideas, practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala, el cómputo correspondiente para que se presentara la formalización del especialísimo recurso de casación, se constata que el mismo comenzó a correr en fecha diecinueve (19) de enero de 2013, día siguiente al último de los cinco (5) días de despacho que se otorgan para el anuncio, y venció el día doce (12) de febrero de 2013, incluyendo el término de distancia correspondiente, dejándose expresa constancia que ese día no hubo despacho, razón por la cual el próximo día fue el trece (13) de febrero de 2013.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 17 de septiembre de 2012, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. No se condena en costas, dada la naturaleza de la persona jurídica accionada, en cumplimiento con el artículo 76 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.