Sentencia N° 862 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de julio de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0862, Exp. 10-893, 27/07/2010
Expediente10-893
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de legalidad
Fecha de la decisión2010-07-27
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de legalidad interpuesto por Franklin Martínez Ortega contra la decisión del Juzgado Octavo Superior del Trabajo. La Sala determinó que el recurso era inadmisible ya que se solicitó contra un fallo que se pronunció sobre la competencia, lo cual debe ser impugnado a través de otro medio, como la solicitud de regulación de competencia.
La decisión del Juzgado Superior, que declinó la competencia a los Tribunales de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, fue considerada interlocutoria y no susceptible de control de legalidad. Por lo tanto, el Tribunal declaró inadmisible el recurso, enfatizando que lo procedente era solicitar la regulación de competencia.
Finalmente, el Tribunal no impuso condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión y ordenó la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Estado Barinas.
Extracto de la motiva
En el caso bajo análisis, la Sala observa que el recurso de control de la legalidad ha sido ejercido contra la decisión dictada por el Juzgado Superior que, al conocer del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, declinó la competencia por el territorio a los Tribunales de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con sede en la ciudad de Barinas. Al respecto esta Sala, en sentencia N° 928 de 5 de agosto de 2004, estableció que el recurso de control de la legalidad es inadmisible cuando se solicite contra fallos que se pronuncien sobre la competencia porque, además de tratarse de una sentencia interlocutoria, son impugnables a través de otro medio como lo es la solicitud de regulación de competencia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la decisión de 25 de mayo de 2010, dictada por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Palabras clave
control de legalidadinadmisibilidadcompetenciaTribunal Supremo de JusticiaSala de Casación Social