Sentencia N° 86 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de febrero de 2002

TSJ/SCS, Sent. N° 86, Exp. 01-786, 14/02/2002
Expediente01-786
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2002-02-14
DecisiónPerecido

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara perecido el recurso de casación anunciado y admitido contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de Anzoátegui. El recurso no fue formalizado dentro del lapso establecido, que venció el 10 de enero de 2002. La Sala, en virtud de esta situación, no verificará la admisibilidad del recurso y condena en costas a la parte recurrente.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha ocho (08) de marzo del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, dictada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, siguen los ciudadanos SIXTO RAFAEL QUIJADA y JOSÉ CELESTINO MATA contra la sociedad mercantil PESQUERA HERMANOS LOFFREDO, C.A..-

Dispositiva

PERECIDO el recurso de casación anunciado y admitido contra la sentencia de fecha ocho (08) de marzo del año 2001, emanada del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona. Se condena en costas a la parte recurrente.

Palabras clave

recurso de casacionperecimientoprestaciones socialescódigo de procedimiento civiljuzgado superioranzoáteguicostas

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