Sentencia N° 853 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de noviembre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0853, Exp. 18-238, 26/11/2018
Expediente18-238
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-11-26
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por los ciudadanos Jesús Peñalver y Charles Peñalver contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo. La sentencia de fecha 19 de marzo de 2018 había declarado desistido el recurso de apelación propuesto por la parte actora. La Sala argumenta que el recurso de casación no es admisible si se ejerce de inmediato contra un fallo que no pone fin al juicio, y que debe ser anunciado y formalizado en la oportunidad de recurrir contra la decisión definitiva.

Extracto de la motiva

En relación con la norma y doctrina citada, el recurso de casación no es admisible si es ejercido de inmediato contra un fallo que no ponga fin al juicio, ni impida su continuación, pues en ese supuesto dicho medio extraordinario debe ser anunciado y formalizado en la oportunidad de recurrir contra la definitiva, lo que encuentra justificación en la circunstancia de que el gravamen causado en la sentencia dictada primigeniamente, podría ser subsanado en el pronunciamiento definitivo sobre lo debatido en juicio de mérito. Determinado lo anterior, observa esta Sala que el fallo recurrido es una sentencia emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en alzada, dictó sentencia en fecha 19 de marzo del año 2018, mediante la cual declaró desistido el recurso de apelación propuesto por la parte actora, contra el acta levantada en fecha 18 de enero de 2018 por el Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial.

Dispositiva

PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte demandante ciudadanos JESÚS PEÑALVER y CHARLES PEÑALVER, contra la decisión dictada por Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 19 de marzo del año 2018; SEGUNDO: Se REVOCA el auto de fecha el 2 de abril de 2018, que admitió dicho recurso. En consecuencia queda sin efecto la audiencia pautada en la presente causa.

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