Sentencia N° 852 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0852, Exp. 13-1049, 12/08/2016
Expediente13-1049
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-08-12
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento del recurso de casación interpuesto por los accionantes contra la sentencia del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo. La decisión se basa en la manifestación de desistimiento presentada por el abogado de los demandantes, la cual fue homologada por la Sala. Se destaca que el desistimiento fue verificado conforme a las facultades otorgadas por los representados de los accionantes.
Extracto de la motiva
Conforme auto de fecha 20 de abril de 2016, y en virtud de la diligencia presentada por el abogado Efraín Sánchez, se acordó suspender la audiencia pública y contradictoria fijada en el asunto de autos. Siendo la oportunidad procesal para decidir, pasa esta Sala a pronunciarse en los siguientes términos: Por diligencia manuscrita presentada en fecha 12 de abril de 2016, ante la Secretaría de esta Sala de Casación Social, el abogado Efraín Sánchez, actuando en su carácter de apoderada judicial de los demandantes, expone: “DESISTO DEL ACTO FIJADO PARA EL DÍA 10-05-2016. ES TODO”. De lo anterior se observa la intención, inequívoca, del recurrente de que no se materialice la audiencia pública y contradictoria fijada en el presente asunto, con lo cual, se entiende, existe un desistimiento del recurso de casación anunciado. En razón de tal manifestación, verificada como han sido las facultades otorgadas por sus respectivos representados para desistir y el carácter con el cual actúa el solicitante, de acuerdo con la exigencia prevista en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, tal como se aprecia en el instrumento poder inserto al folio 24 y su vto., del expediente, esta Sala, conforme a la disposición contenida en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologa el desistimiento del recurso de casación ejercido por la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 15 de febrero de 2013. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de casación anunciado por los accionantes contra la sentencia dictada por el Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 15 de febrero de 2013. Publíquese, regístrese y remítase este expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de ordenar el archivo del mismo. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen.
Palabras clave
desistimientorecurso de casaciónprocedimiento civilsentenciatrabajo