Sentencia N° 851 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de junio de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0851, Exp. 08-1008, 12/06/2008
Expediente08-1008
PonenteAlfonso Valbuena Cordero
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-06-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Perfecto Graterol Sevilla contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Aragua. La Sala determinó que el recurso era inadmisible, ya que no cumplía con los requisitos establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso propuesto por la parte actora.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: En primer lugar, alega la parte actora recurrente, la infracción por el sentenciador de la recurrida del artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al señalar que los hechos alegados por los apoderados de las accionadas se tipificaban como de fuerza mayor, y no acoger la doctrina de casación establecida en casos análogos, específicamente la contenida en sentencias Nros. 1013 de fecha 13 de junio del año 2006, 1532 de fecha 10 de noviembre del año 2005 y 270 de fecha 06 de marzo del año 2007, puesto que no fundamentó el ad-quem su sentencia en los parámetros y lineamientos establecidos en dichas decisiones.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora, contra la sentencia de fecha 03 de abril del año 2008, emanada del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
Palabras clave
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