Sentencia N° 850 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de mayo de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0850, Exp. 05-1632, 16/05/2006
Expediente05-1632
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2006-05-16
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, se pronunció sobre el recurso de control de la legalidad interpuesto por SEGUROS MERCANTIL, C.A., en su calidad de fiador judicial de DISTRIBUIDORA BRIVOCA, C.A. La apelación fue presentada contra la decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo del Estado Cojedes, que había declarado sin lugar la apelación de la parte demandada. La Sala consideró que la sentencia recurrida cumplió con la finalidad del proceso y no justificó la nulidad solicitada.
Extracto de la motiva
Ha sido un criterio constante de la Sala, limitar el ámbito de aplicación del control de la legalidad no solo aquellas situaciones cuya violación sean de tal gravedad que resquebrajen la legalidad del fallo recurrido, sino que además configuren una arbitrariedad judicial que burle de manera flagrante una sana administración de justicia. Ahora bien, dado el argumento bajo el cual se solicita el control de la legalidad de la sentencia, la Sala pasó a revisarla sin obviar discurrir lo decidido en ella, pues antes que toda consideración por error de procedimiento, resulta obsequioso a la justicia determinar si en definitiva la misma cumplió con la finalidad última del proceso. Es así como en el presente caso, la Sala considera que la sentencia recurrida en sí misma imparte justicia, lo cual impide justificar la procedencia del recurso de control de la legalidad interpuesto bajo el argumento con el cual se solicita su nulidad.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de SEGUROS MERCANTIL, C.A., en su condición de fiador judicial de la empresa demandada, contra la sentencia emitida en fecha 8 de agosto de 2005, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, y en consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
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