Sentencia N° 85 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de febrero de 2003

TSJ/SCS, Sent. N° 85, Exp. 03-046, 20/02/2003
Expediente03-046
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2003-02-20
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 20 de febrero de 2003, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el abogado Humberto Marval en representación de Juan Medina, contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de presentación del escrito requerido por el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dentro del lapso establecido.

Extracto de la motiva

Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Como complemento a lo anterior, esta Sala, en fallo de fecha 12 de diciembre de 2002, estableció: Adicionalmente, la oportunidad para interponer el referido recurso, está limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en que sea dictada la sentencia sujeta a revisión, y por intermedio de escrito, el cual no podrá exceder los tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues, tal inobservancia acarreará igualmente la inadmisibilidad del recurso.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el recurso de Control de la Legalidad interpuesto por el abogado Humberto Marval, quien actúa como apoderado judicial del ciudadano JUAN MEDINA, parte accionante en la presente demanda, contra la decisión de fecha 3 de diciembre de 2002, emanada del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal de la causa, o sea, al Juzgado Quinto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen.

Palabras clave

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