Sentencia N° 847 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0847, Exp. 16-208, 12/08/2016
Expediente16-208
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2016-08-12
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, Mailin Nazareth Osorio Pimentel, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo. La parte recurrente alegó violaciones al orden público y derechos al debido proceso, argumentando que la sentencia recurrida había incurrido en inmotivación al silenciar pruebas testimoniales relevantes.
La Sala examinó los fundamentos del recurso y determinó que la decisión impugnada se ajustaba a derecho, concluyendo que no vulneraba normas de orden público laboral. Por lo tanto, se declaró inadmisible el recurso, sin condenatoria en costas, y se ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen.
La decisión fue firmada por el Magistrado Ponente, Danilo A. Mojica Monsalvo, y otros magistrados de la Sala, destacando la importancia de cumplir con los requisitos establecidos para la admisibilidad de este tipo de recursos.
Extracto de la motiva
La parte recurrente al amparo del artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, denuncia que la recurrida viola el orden público, que resulta de la inmotivación de la sentencia por silencio de prueba, conforme con el ordinal 3° del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (Artículo 242, Ordinal 4o del Código de Procedimiento Civil). Vulnerando de igual forma los derechos al debido proceso y a la defensa, cuando de manera absoluta y terminante, -a su decir- resultan silenciadas en la recurrida las deposiciones de los testigos Pedro Zamora y Wilfredo González, opuesto a lo pautado en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al dar por sentado que las respuestas de los testigos son referenciales, sin indicar porqué.
Delata asimismo, que se trata de infracciones categóricas del orden público, que quebrantan el Estado de Derecho. De allí que resulte alterada la legalidad de la presente decisión objeto de este recurso y surja la necesidad de su control. Arguye que en el caso sub examine, el Juzgador de alzada incurrió en inmotivación o falta de motivación del fallo recurrido, al silenciar las pruebas testimoniales antes referidas, limitándose a confirmar el fallo de primer grado; por lo que a su vez presenta visos de motivación acogida. Advierte que la presente denuncia hace referencia a una situación que altera de forma excepcional el orden público, relativo a la infracción en la recurrida de la protección a la maternidad, como objeto de tutela extraordinaria por parte del Estado.
Precisa que la falta de reconocimiento de la tacha del referido instrumento privado falso, ha impedido el normal desarrollo del proceso, para la confirmación tanto del despido injustificado, como para el reclamo de los daños y perjuicios derivados del fuero maternal sobrevenido, así como las prerrogativas contempladas en los artículos 335 y 342 de la de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, referentes a la inamovilidad laboral desde el inicio del embarazo hasta dos años después del parto y el computo de los períodos pre y postnatal en la antigüedad respectivamente, cuyas normativas resultaron omitidas de su aplicación en la recurrida.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por la parte actora, contra la sentencia dictada en fecha 20 de enero de 2016, por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas, dada la índole de la presente decisión.
Palabras clave
silencio de pruebadebido procesomaternidaddespido injustificadoinamovilidad laboralLey Orgánica Procesal del TrabajoCódigo de Procedimiento Civil