Sentencia N° 846 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de septiembre de 2015
TSJ/SCS, Sent. N° 0846, Exp. 13-1770, 22/09/2015
Expediente13-1770
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2015-09-22
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la apelación interpuesta por Carmen Moreno Núñez contra la decisión del Tribunal Superior Quinto del Trabajo que declaró con lugar la demanda de nulidad presentada por la República Bolivariana de Venezuela. La apelante alegó vicios en el acto administrativo que certificó su enfermedad como ocupacional, argumentando falta de motivación y competencia del órgano que emitió la certificación. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que no existió violación al debido proceso y que el acto administrativo impugnado adolecía de inmotivación, confirmando así la decisión del tribunal inferior.
Extracto de la motiva
El 10 de octubre de 2011, la República Bolivariana de Venezuela por órgano de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, interpone demanda de nulidad y medida cautelar de suspensión de efectos, contra el acto administrativo del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, que fuera dictado por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Zulia, notificado mediante oficio 0227-2011 de 7 de abril de 2011, que certifica como enfermedad ocupacional contraída con ocasión del trabajo, la padecida por la ciudadana Carmen Moreno Núñez. Alega la accionante que el 21 de marzo de 2011, mediante punto de cuenta número 2011-DGRH-0634, la Dirección Ejecutiva de la Magistratura acordó el beneficio de pensión por incapacidad a la ciudadana Carmen Moreno, en virtud de cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento para otorgar el beneficio de jubilación y pensión de los funcionarios del Consejo de la Judicatura y del Poder Judicial, siendo emitida, a tal efecto, la Resolución n° J98, notificada a través de oficio n° 370 de 21 de marzo de 2011, el 1° de abril de 2011. Que mediante escrito presentado ante la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, el 14 de abril de 2011, la ciudadana Carmen Moreno ejerció recurso de reconsideración contra la aludida Resolución, presentando como anexo la certificación de la enfermedad ocupacional emitida por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral, por órgano de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Zulia. A partir de lo anterior, afirma que no fue notificada personalmente del acto administrativo que impugnan, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, y que tuvo conocimiento del mismo a través del recurso de reconsideración que interpuso la ciudadana Carmen Moreno Núñez en la sede de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en fecha 14 de abril de 2011, contra la Resolución n° J-98 de 21 de marzo de 2011.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Carmen Moreno Núñez, contra la decisión emitida por el Tribunal Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 26 de marzo de 2013. En consecuencia, SE CONFIRMA la decisión apelada, mediante la cual se declaró con lugar la pretensión de nulidad incoada por la República Bolivariana de Venezuela por órgano de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
Palabras clave
nulidadacto administrativoenfermedad ocupacionalderecho a la defensadebido proceso