Sentencia N° 843 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de agosto de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0843, Exp. 15-140, 14/08/2017
Expediente15-140
PonenteMARJORIE CALDERÓN GUERRERO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil INVERSIONES JHARBI, C.A. contra una decisión del Juzgado Superior Agrario del estado Cojedes que declaró sin lugar un recurso de apelación. La Sala determinó que los tribunales agrarios eran competentes para conocer del caso, dado que la controversia se relacionaba con una actividad agraria. La decisión de la Sala fue confirmar el fallo apelado, desestimando el recurso de casación por no haberse materializado la infracción acusada.
Extracto de la motiva
Examinada la delación expuesta, se constata que esta plantea una reposición no decretada por el tribunal de alzada, motivado a que, en consideración del recurrente, la causa de autos es de naturaleza civil y no agraria, por ende, los tribunales competentes para conocer del presente asunto eran los de la jurisdicción civil. Asimismo, se explica que el ad quem no se pronunció sobre todos los alegatos planteados en el escrito de apelación, especialmente el relativo a la negación de la cualidad agraria de la demandante. De tal manera que, con la finalidad de resolver lo acusado, se estima adecuado hacer una breve sinopsis de lo ocurrido en la causa, señalándose que la demanda de reivindicación se propuso por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, el cual admitió la pretensión (vid. folio 53 Pieza 1); luego, el referido tribunal declaró la incompetencia sobrevenida para conocer de la pretensión, al determinar que en el lote de terreno objeto de reivindicación “se desarrollan actividades de eminente orden agrario” (vid. folio 151 Pieza 1), razón por la cual declinó la competencia en el Juzgado de Primera Instancia Agrario de la misma Circunscripción Judicial.
Dispositiva
PRIMERO SIN LUGAR el recurso de casación incoado por la parte accionante sociedad mercantil INVERSIONES JHARBI, C.A., contra la sentencia publicada por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en fecha 08 de enero de 2015; SEGUNDO SE CONFIRMA el precitado fallo. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase este expediente al Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes. Particípese al Juzgado Superior de origen, ello en atención al artículo 326 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
competenciaagrariareivindicaciónjurisdicciónLey de Tierrasdesarrollo agrario