Sentencia N° 843 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de septiembre de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0843, Exp. 15-567, 22/09/2015
Expediente15-567
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2015-09-22
DecisiónDesistido

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por Nancy Josefina Carrera contra la decisión del Tribunal Superior Primero del Trabajo de Anzoátegui, que había declarado con lugar la demanda de nulidad. La Sala constató que la apelante no presentó el escrito de fundamentación de su apelación dentro del lapso legal establecido, lo que llevó a declarar desistido el recurso. La decisión reafirma la importancia del cumplimiento de los plazos procesales establecidos por la ley.

Extracto de la motiva

El artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, dispone lo siguiente: Artículo 92. Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación. Del dispositivo legal transcrito, se desprende la carga procesal que el legislador impone a la parte apelante de consignar un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación, dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, con la consecuencia jurídica de considerar desistido el recurso, cuando el recurrente no consigne el escrito de fundamentación en el lapso establecido. Practicado como ha sido por la Secretaría de esta Sala el cómputo correspondiente para que se fundamentara la apelación, incluyendo el término de la distancia (4 días), se constata que el mismo comenzó a transcurrir el 29 de mayo de 2015, día siguiente al auto en que se dio cuenta en Sala del ingreso del expediente, y venció el 15 de junio de 2015.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Nancy Josefina Carrera, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui de fecha de 21 de noviembre de 2013. En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado.

Palabras clave

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