Sentencia N° 841 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de agosto de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0841, Exp. 16-384, 14/08/2017
Expediente16-384
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por Inversiones Menguantes 56 LC, C.A. contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La solicitud de regulación de jurisdicción fue presentada extemporáneamente, lo que la hace inadmisible. Además, se concluye que la decisión impugnada se ajusta a derecho y no se evidencia violación de normas de orden público.
Extracto de la motiva
En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas afectan gravemente las instituciones fundamentales del Derecho sustantivo del Trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban los derechos al debido proceso y a la defensa, este último supuesto, sustentado en el mandato expreso contemplado en el artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece la obligación de todos los jueces de la República de asegurar la integridad del orden constitucional, mediante el uso de las vías procesales ordinarias y extraordinarias consagradas en la ley. En el caso sub examine, la parte actora impugnante denuncia que la sentencia recurrida incurrió “en el vicio de incongruencia interna negativa por no observar y atenerse a lo alegado por las partes en los distintos escritos y actuaciones que conforman el expediente…siendo que esta conclusión establecida por el Juzgador de Alzada no es congruente con lo alegado expresamente manifestado por ambas partes en el referido escrito específicamente en las cláusulas SEGUNDA y TERCERA en las cuales claramente se observa lo siguiente (…). Aduce que de tales cláusulas, se aprecia que existían conceptos en discusión entre las partes, posiciones contrarias entre lo alegado por el trabajador y lo alegado por la empresa, pues el trabajador manifestó su rechazo a la oferta real por no corresponder según su criterio con los montos realmente adeudados, así como el reconocimiento de la indemnización establecida en el artículo 92 de la LOTTT, en virtud de la renuncia voluntaria presentada por el trabajador. Igualmente la representación judicial de la parte impugnante señala, que la recurrida violenta por falta de aplicación, las disposiciones contenidas en el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como las disposiciones contenidas en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, el Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 1.713 del Código Civil, considerando que se aparta por completo del criterio establecido por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, respecto al reconocido carácter constitucional y vinculante que ostentan las transacciones laborales.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte oferente sociedad mercantil INVERSIONES MENGUANTES 56, LC, CA., contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16 de febrero del año 2016. Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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