Sentencia N° 840 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de julio de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 840, Exp. 04-414, 22/07/2004
Expediente04-414
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2004-07-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra un auto que declaró inadmisible su apelación. La Sala determinó que el auto recurrido no se subsume en las excepciones que permiten la casación, ya que no resolvía puntos esenciales no controvertidos ni modificaba lo ejecutoriado. Se destacó que el recurso de casación es extraordinario y no aplicable a decisiones ordinarias como la apelación en este caso.
Extracto de la motiva
Al Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria, le corresponde decidir en último término, acerca de la admisibilidad del recurso de casación interpuesto en el presente caso, pudiendo la misma declararlo inadmisible. Dispone el artículo 312 ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil, que el recurso de casación puede proponerse contra los autos dictados en ejecución de sentencia, que resuelvan puntos esenciales no controvertidos en el juicio, ni decididos en él; o los que provean contra lo ejecutoriado o lo modifiquen de manera sustancial, después que contra ellos se hayan agotado todos los recursos ordinarios. Ahora bien, el auto objeto del presente recurso de casación, declara inadmisible la apelación interpuesta por la parte demandada, contra el auto del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, mediante el cual ordenó proceder a la ejecución de la transacción. En el caso sub examine, esta Sala observa que la recurrida es una decisión dictada en fase de ejecución de sentencia, la cual declaró inadmisible la apelación contra el auto del a-quo que ordenó ejecutar la transacción homologada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo y del Tránsito de la citada Circunscripción Judicial, determinando esta Sala Especial Agraria que el ordinal 3° del artículo 312 del Código de Procedimiento Civil, establece las dos situaciones en las que una decisión en fase de ejecución de sentencia podría ser recurrible en casación; éstas son: 1) contra los autos dictados en ejecución de sentencia que resuelvan puntos esenciales no controvertidos en el juicio, ni decididos en él; y, 2) contra los autos que provean contra lo ejecutoriado o lo modifiquen de manera sustancial.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación contra la decisión proferida por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y de los Estados Miranda, Guárico, Amazonas y Vargas, en fecha 24 de noviembre de 2004. No se condena en costas al recurrente, debido a la naturaleza de esta decisión. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juez de la causa, es decir, al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en Calabozo. Remítase copia certificada de esta decisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 326 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
casacionejecucion de sentenciainadmisibilidadapelaciontransaccioncodigo de procedimiento civiljuzgado superiorjurisdiccion agraria