Sentencia N° 84 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de marzo de 2023
TSJ/SCS, Sent. N° 084, Exp. 18-254, 28/03/2023
Expediente18-254
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2023-03-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la acción posesoria agraria interpuesta por Jean Luis Correa Díaz contra Liliam de Jesús Seijas, declaró con lugar la acción de restitución de la posesión agraria por despojo. Se constató que el demandante había sido despojado de su posesión legítima sobre el fundo 'Los Dos Samanes' el 4 de junio de 2008, y que la demanda fue interpuesta dentro del año correspondiente. La Sala anuló la sentencia del Juzgado Superior Agrario que había declarado sin lugar el recurso de apelación, y restituye la posesión al demandante.
Extracto de la motiva
motivado a que esta Instancia (sic) Agraria (sic) Superior (sic), creada según resolución N° 2009-0052, del 30/09/2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, se instaló formalmente el 17/12/2013, en la ciudad de Maturín, estado Monagas, en vista de la supresión de la Competencia (sic) Agraria (sic) que se le hiciera al Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil- Bienes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Orienta (sic), motivo por el cual, se evidencia claramente, que la presente apelación perdió estabilidad, estimando este Juzgador (sic) que a los fines de darle continuidad al presente juicio lo correcto es fijar como en efecto se fija en este mismo acto, el lapso de ocho (08) días de Despacho (sic) para promover y evacuar pruebas e instruir las que crea pertinentes este Juzgado (sic) Superior (sic) de conformidad con la Ley. Vencido dicho lapso, se fija el tercer día de Despacho (sic) siguiente a las once de la mañana (11:00 a.m.) para que se lleve a cabo la audiencia oral en donde se evacuarán las pruebas y se oirán los informes de las partes. Verificada la misma entrará la causa en estado de sentencia según lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario…”. Más adelante, llegado el día para la celebración de la audiencia oral de evacuación de pruebas y presentación de los informes, en fecha 30 de enero de 2018, encontrándose presentes los apoderados judiciales de ambas partes en el presente juicio, de acuerdo a la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 8 de 51 versión escrita del acta de audiencia oral, las mencionadas, entre otras cosas, expusieron lo siguiente: Argumentos de la parte demandante recurrente: “Esto es una acción interdictal posesoria por despojo (…) aquí no está en discusión la propiedad, aquí está en discusión la posesión (…); la legitimación activa, recae, en estos casos,
Dispositiva
CASA DE OFICIO la sentencia dictada el 8 de marzo de 2018, por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar; ANULA en todas sus partes el fallo recurrido. CON LUGAR la acción posesoria de restitución de la posesión agraria por despojo, interpuesta por el ciudadano Jean Luis Correa Díaz, contra la ciudadana Liliam de Jesús Seijas Mota; SE RESTITUYE plenamente al ciudadano Jean Luis Correa Díaz, el ejercicio del derecho de posesión sobre el lote de terreno con una superficie de dieciséis hectáreas con tres mil treinta y un metros cuadrados (16 has. con 3.031 mts ) denominado 'Los Dos Samanes'.