Sentencia N° 838 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de agosto de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0838, Exp. 17-521, 14/08/2017
Expediente17-521
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por VIRIATO DA SILVA PANELAS contra la sentencia del Juzgado Superior Sexto del Trabajo. La decisión se basa en que el recurso fue interpuesto contra un auto de mera sustanciación, el cual no es susceptible de apelación. La Sala argumenta que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional y debe cumplir con requisitos específicos para su admisibilidad, los cuales no se cumplen en este caso.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por los Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Ahora bien, en razón que el recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la ley adjetiva laboral, referida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora VIRIATO DA SILVA PANELAS contra la sentencia proferida el 15 de mayo de 2017, por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay expresa condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
recursoejecuciónsentenciaapelacióncontrol de la legalidadjurisprudenciatrabajo