Sentencia N° 832 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de julio de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0832, Exp. 08-1791, 26/07/2010
Expediente08-1791
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-07-26
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, decidió el recurso de casación interpuesto por David José Cayama contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo del Estado Zulia, que había declarado sin lugar su apelación y demanda. La Sala observó que el recurrente alegó infracciones a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y al Código de Procedimiento Civil, argumentando que se vulneró su derecho a la defensa al no permitir la exhibición de documentos relevantes para su caso.
Sin embargo, la Sala determinó que las denuncias del recurrente mezclaban vicios de forma y fondo, lo que dificultaba la comprensión de sus alegaciones. Al analizar las pruebas presentadas, la Sala concluyó que la decisión del juzgado inferior se basó en una correcta valoración de los hechos y pruebas, desestimando las alegaciones del demandante. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso de casación y se condenó en costas a la parte recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el formalizante amparado en el ordinal 1º del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, acusa vicios por defecto de fondo al indicar que la recurrida incurre en la “mala interpretación” del artículo 78 eiusdem, la falta de aplicación de artículo 5 de la misma Ley, y de los artículos 15 y 208 del Código de Procedimiento Civil, sin embargo, también señala que la recurrida quebrantó formas sustanciales que menoscabaron el derecho a la defensa, es decir, un vicio por defecto de forma. Al respecto, la Sala le señala a quien formaliza el presente recurso, que no es factible mezclar una denuncia por vicio de forma con una delación por vicio de fondo, ya que esta falta de técnica casacional en el escrito de formalización del recurso de casación, conlleva a una confusión en torno a lo que realmente se pretende acusar. En consecuencia, al incurrir el formalizante en una mezcla indebida de denuncias, lo cual impide a la Sala entender la verdadera intención de lo pretendido por el recurrente, se desecha la presente denuncia. Así se establece.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la representación judicial de la parte demandante, contra el fallo emitido por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 16 de julio de 2008. Se condena en costas a la parte demandante recurrente, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
cobro de diferenciasprestaciones socialesrecurso de casaciónderecho a la defensa