Sentencia N° 832 — Sala de Casación Social del TSJ, 1 de enero de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0832, Exp. 05-887, 09/05/2006
Expediente05-887
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2006-01-01
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, declara sin lugar el recurso de casación interpuesto por Hilda Elena Angulo de Montaño contra la decisión de la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Zulia, que había declarado con lugar la apelación de los demandados. La Sala concluye que no se incurrió en incongruencia negativa ni en motivación contradictoria, y que la parte actora no cumplió con la carga probatoria necesaria para demostrar la nulidad de la venta de los inmuebles en cuestión.

Extracto de la motiva

La Sala para decidir, observa: El formalizante, denuncia que la sentencia recurrida incurre en el vicio de incongruencia negativa, infringiendo así el ordinal 5° del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 12 eiusdem, en virtud de que en la motiva del fallo recurrido, declaró improcedente la nulidad de venta de los inmuebles pertenecientes a la comunidad de gananciales, por no haber cumplido la parte actora con la carga probatoria de demostrar que los compradores-demandados que participaron en dicha venta lo hicieron con conocimiento que su vendedor era casado con la demandante, sin apreciar la excepciones y defensas contradictorias y ambiguas alegadas por la demandada en su escrito de contestación a la demanda, referidos al hecho que si conocía de todos los actos públicos y privados realizados por el ciudadano César Emilio Montaño Torres, debió entonces conocer de aquellos actos donde el mismo se identificó como casado, confesión ésta que debió ser valorada por la recurrida, que demuestra la mala fe con que adquirieron los codemandados dichos inmuebles.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación intentado por la representación judicial de la parte demandante contra del fallo proferido por la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la ciudad de Maracaibo, en fecha 20 de abril del año 2005. Se condena en costas a la parte recurrente, de conformidad con lo establecido en los artículos 274 y 320 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

nulidad de ventacarga probatoriaincongruencia negativamotivación contradictoriacomunidad de ganancialescasación civilderecho procesal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca