Sentencia N° 831 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de mayo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0831, Exp. 09-361, 21/05/2009
Expediente09-361
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-05-21
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, en el contexto de un procedimiento por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La decisión de la Alzada había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación, lo que llevó a la parte demandada a impugnar dicha decisión. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario y determinó que no se constataban violaciones al orden público laboral que justificaran la nulidad de la decisión impugnada.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de manera taxativa consagra los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario del control de la legalidad, los cuales deben ser verificados para la procedencia del mismo. En tal sentido, la Sala verificará: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Ahora bien, tratándose de un recurso de naturaleza extraordinaria, esta Sala de Casación Social debe restringir, de conformidad con la potestad discrecional que le otorga el artículo 178 de la Ley Adjetiva de Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretendan violaciones o amenazas al derecho sustantivo de trabajo, derechos indisponibles o normas adjetivas que menoscaben el derecho a la defensa y al debido proceso, así como también a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, de fecha 17 de febrero de 2009. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

control de la legalidadinadmisibilidadrecursosorden público laboraljurisprudencia

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