Sentencia N° 830 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de noviembre de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0830, Exp. 17-180, 15/11/2018
Expediente17-180
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2018-11-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, que declaró con lugar la demanda de nulidad interpuesta por el Estado Monagas contra la Providencia Administrativa N° 023/2015. Esta providencia había impuesto una multa a la Policía del Estado Monagas por obstaculizar la actuación de un funcionario del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL). La Sala argumenta que la aplicación de la figura de la confesión ficta en el procedimiento administrativo fue incorrecta, ya que la Policía del Estado Monagas y la Procuraduría General del Estado Monagas son entidades públicas que gozan de privilegios y prerrogativas que deben ser respetados en el proceso administrativo.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social encuentra que la Providencia Administrativa N° 023/2015 adolece del vicio de falso supuesto de derecho, ya que la Administración aplicó la figura de la confesión ficta en un procedimiento administrativo, lo cual no es procedente. Se establece que la notificación de la Policía del Estado Monagas y de la Procuraduría General del Estado Monagas fue realizada, pero su incomparecencia no puede ser interpretada como una confesión, dado que son entes públicos que deben gozar de los privilegios y prerrogativas que la ley les otorga. Por lo tanto, la decisión de imponer una multa fue declarada nula, confirmando así la sentencia del juzgado inferior que había declarado con lugar la demanda de nulidad.

Dispositiva

Se CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 11 de noviembre de 2016, mediante la cual se declaró con lugar la demanda de nulidad incoada por la representación judicial del ESTADO MONAGAS, contra la Providencia Administrativa N° 023/2015 de fecha 30 de septiembre de 2015, emanada de la GERENCIA ESTADAL DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES MONAGAS Y DELTA AMACURO, adscrita al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL) y nulo el acto administrativo supra identificado.

Palabras clave

nulidadactos administrativosprocedimiento administrativoconfesión fictaINPSASEL

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