Sentencia N° 827 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de mayo de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 0827, Exp. 05-1779, 09/05/2006
Expediente05-1779
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-05-09
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara desistido el recurso contencioso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil AGROPECUARIA FLORA “AGROFLORA”, C.A. contra un acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras. Este desistimiento fue solicitado tras un acuerdo entre las partes, lo que llevó a la suspensión de la audiencia oral de informes. La Sala ordena la remisión del expediente al Juzgado Superior Segundo Agrario para la homologación del desistimiento.
Extracto de la motiva
En virtud de lo antes expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO el recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y, en forma subsidiaria medida cautelar innominada, interpuesto contra el acto administrativo dictado en fecha 12 de marzo de 2005, por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, contenido en la sesión N° 48-05 punto N° 108 y ORDENA, la remisión de este expediente al Juzgado Superior Segundo Agrario de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, con sede en la ciudad de San Carlos, a los fines de que se pronuncie sobre la homologación respectiva. De conformidad con el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil no hay condenatoria en costas.
Dispositiva
DESISTIDO el recurso contencioso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar y, en forma subsidiaria medida cautelar innominada, interpuesto contra el acto administrativo dictado en fecha 12 de marzo de 2005, por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, contenido en la sesión N° 48-05 punto N° 108 y ORDENA, la remisión de este expediente al Juzgado Superior Segundo Agrario de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, con sede en la ciudad de San Carlos, a los fines de que se pronuncie sobre la homologación respectiva.
Palabras clave
desistimientorecurso contenciosonulidadamparo cautelarInstituto Nacional de TierrasAGROFLORAhomologaciónCódigo de Procedimiento Civil