Sentencia N° 826 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de agosto de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0826, Exp. 17-065, 14/08/2017
Expediente17-065
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de control de la legalidad interpuesto por la sociedad mercantil CEMENTERIO CAMPO PAZ, C.A. contra la decisión del Juzgado Sexto Superior del Trabajo que declaró sin lugar el recurso de apelación. La Sala determinó que la solicitud de regulación de jurisdicción fue presentada de manera extemporánea, lo que llevó a declarar inadmisible el recurso. Además, se destacó que la regulación de jurisdicción no formó parte del thema decidendum, ya que no fue planteada ante los jueces de instancia.
Extracto de la motiva
Con base a las premisas antes expuestas, se advierte del examen de las actas procesales que la solicitud de regulación fue propuesta por la parte oferente, después de dictada la sentencia sobre el fondo de la controversia, lo que la hace inadmisible por extemporánea. Adicionalmente, se aprecia que la regulación de jurisdicción no formó parte del thema decidendum, toda vez que no fue propuesta ante los jueces de instancia que conocieron de la causa, razón por la cual no existe pronunciamiento que consultar ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. Así se decide. En cuanto al control de la legalidad, el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla este mecanismo recursivo, como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad de dicho recurso.
Dispositiva
En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte oferente sociedad mercantil CEMENTERIO CAMPO PAZ, C.A., contra la sentencia proferida por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 30 de noviembre de 2016. Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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