Sentencia N° 825 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de agosto de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0825, Exp. 16-517, 10/08/2016
Expediente16-517
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2016-08-10
DecisiónSin Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, decidió sobre un recurso de hecho interpuesto por la parte demandada contra una sentencia que declaró inadmisible un recurso de casación. La Sala determinó que las decisiones sobre autorizaciones para fijar residencia en el extranjero están excluidas del recurso de casación, ya que se consideran materia de responsabilidad de crianza. La decisión del juez superior fue confirmada, declarando sin lugar el recurso de hecho ejercido.
Extracto de la motiva
Con base a los razonamientos antes expuestos y de la revisión de la sentencia interlocutoria de fecha 25 de abril de 2016, que declaró la inadmisibilidad del recurso de casación anunciado, así como de las restantes actas del expediente, se evidencia que el juez superior realizó adecuadamente el análisis de los presupuestos del recurso, encontrando que el mismo no se ajusta a los parámetros exigidos por el ordenamiento jurídico vigente. En consecuencia, resulta forzoso para esta Sala declarar sin lugar el recurso de hecho ejercido y confirmar la sentencia negatoria. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de hecho ejercido por la representación judicial del ciudadano GREGORI GALINDO GONZÁLEZ, contra la sentencia de fecha 25 de abril de 2016, dictado por el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró inadmisible el recurso de casación anunciado. No hay condenatoria en costas.