Sentencia N° 824 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de agosto de 2017

TSJ/SCS, Sent. N° 0824, Exp. 16-269, 14/08/2017
Expediente16-269
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por la sociedad mercantil Inversiones Menguantes 56 LC, C.A. contra la sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte oferente. La Sala argumenta que la solicitud de regulación de jurisdicción fue presentada de manera extemporánea, ya que se realizó después de la sentencia sobre el fondo de la controversia, lo que la hace inadmisible.

Extracto de la motiva

Con base a las premisas antes expuestas, se advierte del examen de las actas procesales que la solicitud de regulación fue propuesta por la parte oferente, después de dictada la sentencia sobre el fondo de la controversia, lo que la hace inadmisible por extemporánea. Adicionalmente, se aprecia que la regulación de jurisdicción no formó parte del thema decidendum, toda vez que no fue propuesta ante los jueces de instancia que conocieron de la causa. En este sentido, conviene traer a colación el auto dictado el 22 de febrero de 2016, por el Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el que declaró la improcedencia de la regulación de jurisdicción presentada, por cuanto en la sentencia dictada con motivo del recurso de apelación de la oferente, “no se emitió pronunciamiento alguno con relación a la falta de jurisdicción frente a la administración pública ni frente a un Juez extranjero”. En cuanto al control de la legalidad, el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla este mecanismo recursivo, como un medio de impugnación excepcional, al establecer que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aun cuando no sean recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de orden público, circunstancias que configuran algunos de los requisitos de admisibilidad de dicho recurso.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte oferente sociedad mercantil INVERSIONES MENGUANTE 56 LC, C.A., contra la sentencia proferida por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 12 de febrero del año 2016. Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

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