Sentencia N° 822 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de abril de 2018
TSJ/SCS, Sent. N° 0822, Exp. 17-901, 14/11/2018
Expediente17-901
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2018-04-09
DecisiónDesistido
Resumen
En esta sentencia, la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre el recurso de control de legalidad interpuesto por los ciudadanos Oswaldo José López Rivera y Johnsson Arquímidis Arraiz Cortez contra la decisión del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Estado Aragua. La Sala declara desistido el recurso debido a la incomparecencia de la parte actora a la audiencia pública fijada para su discusión, conforme a lo establecido en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La decisión resalta que, al no comparecer el recurrente a la audiencia, se aplica la sanción de desistimiento del recurso, lo que implica que la sentencia impugnada se mantiene firme. La Sala enfatiza la importancia de la comparecencia en los actos procesales y las consecuencias de la inasistencia en el ejercicio de los derechos procesales.
Finalmente, se ordena la publicación y registro de la decisión, así como el envío del expediente al tribunal correspondiente, reafirmando la autoridad de la Sala en la administración de justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela.
Extracto de la motiva
El artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su último aparte establece: “Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente”. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, al recurso de control de la legalidad, visto que en el caso de autos, la representación judicial de los recurrentes, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social, declarará desistido el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte accionante y, en consecuencia, firme la sentencia impugnada. Así se decide.
Dispositiva
Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara: 1) DESISTIDO el recurso de control de legalidad interpuesto por la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, de fecha 16 de octubre del año 2017; 2) FIRME el fallo recurrido. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Particípese del contenido de esta decisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado.
Palabras clave
control de legalidaddesistimientoaudiencia pública