Sentencia N° 822 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de agosto de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0822, Exp. 16-723, 14/08/2017
Expediente16-723
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud del recurso de casación interpuesto por Idenia Coromoto Gómez de Franca, anula la sentencia del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que había declarado con lugar la demanda de partición de la comunidad conyugal presentada por Juan José Torres Silva. La Sala determina que la comunidad ya había sido partida mediante un acuerdo homologado por el tribunal en 2012, lo que implica que no procede la demanda de partición. Se insta a las partes a cumplir con el acuerdo previamente establecido.
Extracto de la motiva
La presente causa se inicia mediante demanda de partición y liquidación de la comunidad conyugal intentada por el ciudadano Juan José Torres Silva, asistido por el abogado Carlos Augusto Aguilera Machado inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 75.886; contra la ciudadana Idenia Coromoto Gómez de Franca. En ese sentido alega en su escrito libelar que en fecha 18 de febrero del año 2000 contrajeron matrimonio y posteriormente adquirieron un bien inmueble constituido por un apartamento, ubicado en la Urbanización Playa Grande, Calle el Hotel, Residencia Palmilla, Torre B, Piso 4, apartamento 44-B, jurisdicción de la parroquia Urimare, Estado Vargas. Continúa narrando que el vínculo conyugal quedó disuelto mediante decisión dictada en fecha 9 de octubre de 2013 por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Vargas. Delata que la ciudadana Idenia Coromoto Gómez de Franca se ha negado a liquidar de forma amistosa la comunidad conyugal y en razón de las desavenencias entre ellos y los múltiples incumplimientos generados desde la firma del decreto de separación de cuerpos; se ve en la obligación de demandar la partición de dicho bien, solicitando se consigne a su favor el 50% del precio que resultare.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, ciudadana IDENIA COROMOTO GÓMEZ DE FRANCA, contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas en fecha 19 de julio de 2016. SEGUNDO: SE ANULA la sentencia recurrida. TERCERO: SIN LUGAR, la demanda de partición y liquidación de la comunidad conyugal incoada por el ciudadano JUAN JOSÉ TORRES SILVA, en contra de la ciudadana Idenia Coromoto Gómez de Franca. CUARTO: Se insta a las partes, ciudadanos JUAN JOSÉ TORRES SILVA e IDENIA COROMOTO GÓMEZ DE FRANCA a dar fiel y estricto cumplimiento al acuerdo suscrito y homologado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas en fecha 03 de agosto de agosto de 2012.
Palabras clave
casacióncomunidad conyugalparticiónseparación de cuerposinterés superior