Sentencia N° 821 — Sala de Casación Social del TSJ, 8 de octubre de 2013
TSJ/SCS, Sent. N° 0821, Exp. 13-172, 08/10/2013
Expediente13-172
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2013-10-08
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la codemandada Organización Nacional de Seguridad Integral, C.A. (ONSEINCA) contra la sentencia del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala argumenta que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dado que no se ha estimado la cuantía necesaria para acceder al recurso extraordinario de casación.
Asimismo, se declara inadmisible el recurso de control de la legalidad, argumentando que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no incurre en violaciones de normas de orden público. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos necesarios para la admisibilidad de ambos recursos, lo que lleva a la Sala a confirmar la decisión del juzgado inferior sin condena en costas del proceso.
Extracto de la motiva
En el caso concreto, se trata de un recurso de casación interpuesto por la demandada contra una decisión de segunda instancia definitiva, que resuelve una acción mero declarativa dirigida a establecer la unidad económica entre las empresas Organización Nacional de Seguridad Integral, C.A., (ONSEINCA) y Serenos Nacionales Zulia, C.A. (SENAZUCA), que si bien no persigue un pago como condena, es necesario el cumplimiento de la cuantía para acceder al extraordinario recurso de casación, por lo que al no haber estimado la parte actora la demanda, es forzoso para esta Sala declarar inadmisible el recurso de casación anunciado por la demandada contra la sentencia de 8 de enero de 2013. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la codemandada Organización Nacional de Seguridad Integral, C.A. (ONSEINCA), contra la sentencia dictada el 8 de enero de 2013, por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, y SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad, contra la misma decisión. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
recurso de casacióncontrol de la legalidadunidad económicaderecho laboralsentenciainadmisibilidad