Sentencia N° 82 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de julio de 2022
TSJ/SCS, Sent. N° 082, Exp. 20-102, 07/07/2022
Expediente20-102
PonenteELÍAS RUBÉN BITTAR ESCALONA
MateriaAgrario
Tipo de recursoConflicto de Competencia
Fecha de la decisión2022-07-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado entre dos juzgados agrarios del estado Guárico, respecto a una demanda de indemnización por daños y perjuicios interpuesta por Carlos Eduardo Morean Flores contra la empresa Railway Engineering Corporation Venezuela. La Sala determinó su competencia para conocer del caso y resolvió que el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria era el competente para sustanciar la causa, ordenando el remitir el expediente a dicho juzgado.
Extracto de la motiva
Con base en la citada sentencia, se determina que la notificación al Procurador General de la República y al Instituto Ferroviario del Estado (IFE), no tiene por fin hacer a la República parte en el proceso, ni pretender que este asuma el papel de abogado de las empresas privadas, pues estas deben tener su representación propia. Más bien, esa notificación constituye únicamente el cumplimiento de una formalidad que faculta al Procurador para intervenir cuando a bien lo considere procedente, sin que tal notificación lo obligue necesariamente a actuar en el proceso. Además su intervención no altera la relación procesal que se establece entre las partes directamente interesadas en la litis.
Dispositiva
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer del conflicto negativo de competencia planteado. SEGUNDO: Es COMPETENTE para resolver y sustanciar la presente causa el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Guárico. TERCERO: Se ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado antes indicado.
Palabras clave
conflicto de competenciaindemnizacióndaños y perjuiciosagricultura