Sentencia N° 819 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de mayo de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0819, Exp. 07-131, 21/05/2009
Expediente07-131
PonenteCarmen Elvigia Porras de Roa
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-05-21
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la demandante Silvia Ismenia Bogado, confirmando el fallo del Juzgado Segundo Superior que había declarado sin lugar la apelación. La Sala analizó la carga de la prueba sobre el salario mensual de la trabajadora, concluyendo que la demandada cumplió con su obligación de demostrar el monto del salario, lo que fue considerado por el juez de instancia al momento de decidir. La Sala también abordó las infracciones denunciadas por la parte recurrente, desestimando las alegaciones de error de interpretación de normas legales y de violación de máximas de experiencia, reafirmando la correcta aplicación de la ley por parte del juzgador.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el error de interpretación consiste en atribuirle a una norma un contenido y alcance distinto al contemplado en ella. Supone que el juez ha seleccionado apropiadamente la norma jurídica y yerra en la determinación del verdadero sentido de la misma. El juez al seleccionar la norma jurídica debe interpretarla en su integridad. Del análisis de los autos del proceso se puede concluir que, en efecto, el ad quem seleccionó apropiadamente la norma jurídica para resolver el punto medular del juicio y le dio el verdadero sentido a ésta, en tanto que acertadamente aplica la disposición legal que establece que la carga de la prueba del monto del salario mensual de la trabajadora le corresponde a la demandada. De las pruebas que la empresa demandada aporta, la recurrida llega a la conclusión de que en efecto ésta demostró la cantidad correspondiente al salario mensual de la trabajadora. Por tanto, mal puede configurarse la errónea interpretación de la norma citada, razón por la cual resulta improcedente la denuncia formulada.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante Silvia Ismenia Bogado, contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 27 de noviembre de 2006; 2) CONFIRMA el fallo recurrido. De conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
carga de la pruebaexhibición de pruebasprestaciones socialesCódigo de Procedimiento Civilmáximas de experienciaLey Orgánica Procesal del Trabajo