Sentencia N° 817 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de agosto de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0817, Exp. 17-006, 14/08/2017
Expediente17-006
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-08-14
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por el abogado René Rubio en representación de los ciudadanos Werner Hamm Abreu y Dorothy Loraine Purselley de Urdaneta. El recurso fue declarado perecido debido a que la parte recurrente presentó el escrito de formalización de manera extemporánea, incumpliendo el lapso establecido por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para tal efecto.
La decisión se fundamenta en el artículo 239 de la mencionada ley, que establece un plazo de veinte días continuos para formalizar el recurso de casación, computados a partir de la admisión del mismo. En este caso, el plazo venció el 2 de agosto de 2016, y el escrito fue presentado el 3 de agosto de 2016, lo que llevó a la Sala a no poder conocer el recurso.
Finalmente, se condenó en costas a la parte recurrente y se ordenó la remisión del expediente al juzgado de origen, reafirmando la importancia del cumplimiento de los plazos procesales en el ámbito judicial.
Extracto de la motiva
En el caso bajo análisis, se evidencia del cómputo practicado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala en fecha 19 de mayo de 2017 (folio 144 de la pieza N° 1 del expediente), que el lapso para formalizar este medio extraordinario de impugnación comenzó a correr el 6 de julio de 2016 (día de la admisión del recurso de casación), y venció el 2 de agosto de 2016; incluyendo el término de la distancia correspondiente, que en el presente caso es de ocho (8) días, por estar situado el Tribunal Superior en el estado Zulia, habiendo sido consignado el correspondiente escrito de formalización el 3 de agosto de 2016.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por el abogado René Rubio en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos WERNER HAMM ABREU y DOROTHY LORAINE PURSELLEY DE URDANETA, parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 16 de junio de 2016, por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Zulia y Falcón, que declaró sin lugar el recurso de hecho interpuesto por la mencionada representación judicial contra el auto del 27 de enero de 2016, emanado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la misma Circunscripción Judicial, en el cual se declaró inadmisible el recurso de apelación ejercido por dicha parte, contra la sentencia proferida por el aludido tribunal el 17 de diciembre de 2015, que declaró, a su vez, inadmisible la demanda de nulidad de asiento registral.
Palabras clave
recurso de casaciónnulidadasiento registralprocedimiento civilley de tierras