Sentencia N° 811 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de agosto de 2015

TSJ/SCS, Sent. N° 0811, Exp. 15-276, 12/08/2015
Expediente15-276
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaCivil
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2015-08-12
DecisiónHOMOLOGA EL DESISTIMIENTO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre el desistimiento del recurso de casación interpuesto por Marta Siniscalchi Sur. La parte actora desistió del recurso tras llegar a un convenio de partición de la comunidad conyugal con el demandado. La Sala homologa este desistimiento, conforme a lo establecido en el Código de Procedimiento Civil, y declara que no hay condenatoria en costas debido a la exoneración recíproca acordada por las partes.

Extracto de la motiva

El desistimiento, como medio de auto composición procesal, se encuentra previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, norma de aplicación supletoria según lo previsto en el artículo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que dispone expresamente: En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aún antes de la homologación del tribunal. En armonía con la disposición legal precedente, se ha sostenido reiteradamente que el desistimiento es el acto jurídico que consiste en la renuncia positiva y precisa que realiza el actor o interesado a los actos del juicio, es decir, el abandono de la instancia, la acción u otro trámite del procedimiento, en cualquier estado y grado de la causa.

Dispositiva

HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de casación incoado por la ciudadana Marta Emilia Siniscalchi Sur, contra la decisión de fecha 18 de febrero de 2015, dictada por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. No hay condenatoria en costas.

Palabras clave

desistimientoparticióncomunidad conyugalcostastransacciónprotección de niños

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